Este 25 de octubre el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) publicó un informe para ayudar a comprender la nueva PAC que entrará en vigencia en enero de 2023. La intención es responder las dudas más frecuentes que han manifestado agricultores y ganaderos. De esta manera pretenden aclarar al sector lo que concierne a las ayudas directas.
El documento expuesto por el FEGA tiene fines informativos. Por ello el organismo aclara que lo publicado no sustituirá los que se establece en las normas jurídicas. Aquí te mostramos parte del informe. Este se puede conseguir completo en el portal oficial https://www.fega.gob.es/ .
Ayudas asociadas a los agricultores (preguntas generales)
1.- ¿Existe una superficie mínima para poder cobrar una ayuda asociada?
Con carácter general para todas las ayudas asociadas a los agricultores, se exige una superficie mínima subvencionable por explotación de 1 hectárea en secano y 0,5 ha en regadío. No obstante, en las siguientes ayudas, para las que solo son elegibles superficies en secano, se exige una superficie mínima subvencionable por parcela de 0,1 hectáreas, y que la superficie mínima subvencionable por explotación sea de 0,5 ha:
- Ayuda Asociada a los productores de frutos secos en áreas con riesgo de desertificación.
- Ayuda asociada a la producción tradicional de uva pasa
- Ayuda Asociada al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental
2.- ¿Es necesario tener asignados derechos de Ayuda Básica a la Renta para la sostenibilidad (ABRS) para acceder a estas ayudas?
No es necesario. Se trata de ayudas asociadas a los agricultores, cuyo pago anual se realiza por cada hectárea de superficie cultivada que cumpla los requisitos generales, y los específicos para cada ayuda.
Ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal. Plan proteico
3.- ¿Es compatible percibir un pago a través de esta ayuda asociada y, a su vez, la ayuda por la realización de la práctica de rotación con especies mejorantes de eco regímenes, en la superficie correspondiente a leguminosas?
Sí, es compatible. No obstante, hay que tener en cuenta que las leguminosas no podrán utilizarse para abonado en verde en el caso de que se pretenda percibir la ayuda asociada.
Ayuda asociada al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental
4.- ¿Va a haber una capa SIGPAC que incluya todos los recintos que pueden acceder a la ayuda? ¿Para cuándo está prevista la creación de la capa SIGPAC del olivar con dificultades específicas?
Sí, habrá una capa y estará disponible en el momento en el que se inicie el periodo de solicitud única de campaña 2023. Si un agricultor considera que una parcela de su explotación cumple con los requisitos de subvencionabilidad y no se ha incluido en la capa, deberá presentar la solicitud de modificación del SIGPAC correspondiente.
5.- Una explotación de pendiente media superior al 25% en la que el cultivo se realice en terrazas, ¿podrá acogerse a la ayuda?
Lo primero, debe aclarase que los requisitos de subvencionabilidad de esta ayuda deben cumplirse a nivel de parcela no a nivel de explotación. Dicho esto, una parcela de olivar en terrazas será elegible cuando, o bien la pendiente media del recinto o recintos donde se ubique dicha parcela sea superior al 25%, o bien la densidad de plantación no supere los 100 árboles por hectárea.
Ayudas asociadas a los ganaderos (preguntas generales)
6.- ¿Es necesario tener asignados derechos de Ayuda Básica a la Renta para la sostenibilidad (ABRS) para acceder a estas ayudas?
No es necesario. Se trata de ayudas asociadas a los ganaderos, cuyo pago se realiza por cada animal elegible. Es necesario cumplir la condición de agricultor activo, contar con animales elegibles y cumplir los requisitos establecidos para cada línea de ayuda.
7.- ¿Es necesario declarar hectáreas para acceder a estas ayudas?
No es necesario. Se trata de ayudas asociadas a la ganadería cuyo pago se realiza por animal elegible. La única ayuda asociada a los ganaderos que tiene un vínculo con las hectáreas subvencionables (declaradas y que cumplan los requisitos correspondientes), es la ayuda a los ganaderos de ovino y caprino sin pastos a su disposición que pastorean superficies de barbechos, rastrojeras o restos hortícolas.