Hoy se efectuó un Consejo de Ministros donde se tomaron medidas urgentes para enfrentar la sequía. En total se aprobó un paquete de ayudas directas de Estado, fiscales, financieras y socio-laborales que suman unos 784 millones de euros. Estas acciones están destinadas a los sectores de la agricultura y la ganadería.
Mediante un real decreto-ley el Gobierno otorgará 636 millones de euros en ayudas directas. Del mencionado monto 355 millones de euros están destinados a los sectores ganaderos cárnico y lechero, 276,7 millones de euros para la agricultura y 5 millones de euros para la apicultura. Con ello se busca aliviar los efectos de la sequía prolongada y “el agravamiento de las condiciones del sector primario como consecuencia de la guerra en Ucrania”, informó en su portal web el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).
A continuación en detalle las medidas del decreto-ley publicadas por el MAPA en su página oficial:
AYUDAS DIRECTAS
Se destinan 355 millones de euros para los productores de carne y de leche de vacuno, ovino y caprino. Esto para compensarles por el incremento de los costes de producción, como los piensos y otros insumos. La escasez de precipitaciones ha mermado la existencia de pastos y ha obligado a buscar alternativas para la alimentación de los animales que resultan más caras a unas explotaciones que ya habían sufrido las consecuencias de la guerra en Ucrania.
El decreto establece para las explotaciones que cuenten con la mayor parte de animales potencialmente subvencionables en la campaña 2022 en las comunidades autónomas establecidas en las zonas de afección alta (Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Región de Murcia y Comunitat Valenciana) los siguientes importes:
- 157 euros por vaca de carne (nodriza).
- 18 euros por oveja y cabra de carne.
- 61 euros por vaca de leche.
- 11 euros por oveja y cabra de leche.
- Para las explotaciones que cuenten con la mayor parte de animales potencialmente subvencionables en la campaña 2022 en las comunidades autónomas establecidas en las zonas de afección media (Castilla y León, Comunidad de Madrid, La Rioja y Comunidad Foral de Navarra) hasta el 50 % de los importes previstos para cada especie y orientación productiva en el apartado anterior.
- Y para las explotaciones que cuenten con la mayor parte de animales potencialmente subvencionables en la campaña 2022 en las comunidades autónomas establecidas en las zonas de afección moderada (Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Galicia y Euskadi) hasta el 25 % de los importes previstos para cada especie y orientación productiva en dicho apartado.
- Las ayudas se abonarán directamente a los titulares de las explotaciones que sean beneficiarios de ayudas de la Política Agraria Común (PAC) a través del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
- Las ayudas a los sectores ganaderos se completan con 5 millones de euros para el sector apícola, medida que anunció el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, a finales de marzo.
- Los sectores agrícolas dispondrán de un volumen de ayudas de 276,7 millones de euros. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación determinará los cultivos, zonas y cuantías a los que corresponderán estas ayudas en función de los que se compruebe son más perjudicados por la situación de sequía. Para ello se tendrán en cuenta la información sobre la evolución climática e hidrológica del Ministerio para la Transición y el Reto Demográfico y de las comunidades autónomas.
APOYO A LA FINANCIACIÓN
- El decreto contempla una nueva ampliación en 20 millones de euros de la dotación para la bonificación de créditos de la línea ICO-MAPA-SAECA que pueden llegar hasta el 15 % del principal del préstamo. Esta ayuda se habilitó en el decreto de sequía aprobado en marzo de 2022 con una dotación de 10 millones de euros y posteriormente se amplió hasta 20 millones en el segundo decreto de medidas urgentes para hacer frente a las consecuencias de la guerra en Ucrania aprobado en junio de 2022.
- Se amplía en 3 millones de euros la línea de financiación de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) que son necesarios para la obtención de estos créditos. En el anterior decreto de sequía esta línea se dotó con 2,7 millones de euros, ampliada después en otros 2 millones más.
SEGUROS AGRARIOS
- El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación vuelve a incrementar en 40.485.800 euros la partida destinada a subvencionar la contratación de seguros agrarios.
- Esta dotación permitirá subvencionar hasta el 70 % del coste de la pólizas ya contratadas -el máximo permitido por la normativa europea- que incluyan la cobertura por riesgo de sequía en los cultivos de secano de herbáceos extensivos, olivar, uva de vinificación, almendro, avellano, kiwi, endrino, alfalfa, remolacha azucarera y maíz forrajero.
- Con esta ampliación, la línea de apoyo a la contratación de seguros agrarios del ministerio ascenderá ya en este ejercicio a más de 358 millones de euros.
MEDIDAS FISCALES
- En materias fiscal, quedan eximidas del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) las propiedades de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas que hayan sufrido, en el ejercicio 2023, una reducción del rendimiento neto de las actividades agrarias de, al menos, un 20 % en zonas con limitaciones naturales, según la normativa de la Unión Europea, o de un 30 % en las demás.
- En este ámbito, hay que recordar que la orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública publicada el pasado 25 de abril ya contempla una importante rebaja fiscal para el sector agrario, al reducir un 25 % lineal el rendimiento neto para el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para todos los agricultores y ganaderos que tributan por el sistema de módulos, más de 800.000 beneficiarios.
- Además, la orden incluye numerosas minoraciones en los coeficientes de entre el 30 % y el 50 % para los sectores ganaderos, así como determinados sectores agrarios.
- Se exime del pago de IRPF y del impuesto de sociedades las ayudas que se perciban por los ecorregímenes de la PAC.
- Igualmente queda eximida del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados la formalización de avales de la Sociedad Estatal de Caución Agraria (SAECA) en los contratos de préstamo, lo que supone un abaratamiento de las operaciones que facilitan también el acceso a la financiación en mejores condiciones.
FLEXIBILIZACIÓN DE LA PAC
- El real decreto-ley contempla que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación establecerá los criterios para que, de una forma armonizada, las autoridades competentes de las comunidades autónomas puedan flexibilizar determinados requisitos de las ayudas directas de la PAC, al objeto de que las circunstancias devenidas como consecuencia de la sequía no representen impedimentos añadidos para la percepción de dichas ayudas.
- Así, se amplía hasta el 30 de junio el plazo para la presentación de las solicitudes. De esta forma, los agricultores dispondrán de más tiempo para la toma de decisiones sobre sus cultivos en un momento en el que la sequía produce muchas incertidumbres.
- Tras las reuniones mantenidas con las comunidades autónomas y el sector, el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha elaborado una circular que será remitida para consulta en el día hoy, que recoge los requisitos de condicionalidad reforzada, ecorregímenes y ayudas asociadas para los que se puede aplicar la causa de fuerza de oficio con motivo de la sequía.
- Como ejemplos, para las zonas afectadas por la sequía, será posible reducir los días de pastoreo y la carga ganadera requeridos en los ecorregímenes de pastoreo extensivo, o incrementar la superficie de barbecho y reducir el porcentaje de especies mejorantes para los de rotación de tierras de cultivo.
- Se escalona en cuatro fases, en lugar de las dos que estaban establecidas, la entrada en vigor del Cuaderno Digital de Explotación. Según el tipo de explotación, se retrasa al 1 de enero de 2024 y al 1 de enero de 2025 la incorporación de la totalidad de la información obligatoria a dicho cuaderno.
MEDIDAS SOCIO-LABORALES
- En materia laboral, se ha aprobado un aplazamiento en el pago de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, cuyo devengo tenga lugar entre los meses de mayo a septiembre de 2023, para las empresas incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, y entre los meses de junio a octubre de 2023, para los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
- Además, se prorroga, hasta el 31 de diciembre de 2023, la medida excepcional de reducción a 10 el número mínimo de jornadas reales cotizadas necesarias para acceder al subsidio agrario en las comunidades autónomas de Andalucía y de Extremadura.
MEDIDAS HIDRÁULICAS
- Los agricultores que sean titulares de derechos de riego y que hayan tenido una reducción en los suministros de agua que tienen concedidos se beneficiarán de una rebaja del canon. Esta bonificación será del 100 % si la reducción en la dotación de agua supera el 60 %, y del 50 % si el recorte del suministro ha sido de entre el 40 % y el 60 %.