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Publican la convocatoria de subvenciones destinadas al programa CULTIVA. Las entidades representativas del sector agrario interesadas, tienen plazo hasta el 25 de septiembre para presentar sus solicitudes. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, es el promotor de esta iniciativa que ofrece estancias de formación a jóvenes agricultores y ganaderos en explotaciones modelo de acogida.

Entre sus ventajas, destaca la posibilidad de adquirir y consolidar conocimientos en el sitio y de manera didáctica. Concretamente en aspectos técnicos y de gestión, que los participantes podrán ejecutar en sus propias tareas y proyectos.

Las estancias de formación se ofrecerán en territorio nacional, por periodos de entre 5 y 14 días. Serán siete horas diarias de adiestramiento sobre planificación y gestión económica de las explotaciones, sanidad vegetal, cooperativismo agroalimetario, manejo del cultivo, de las maquinarias agrícolas y del suelo, laboreo y técnicas de fertilización, entre otros temas.

El programa iniciará a finales de este año y se extenderá hasta el 31 de julio de 2024. El presupuesto destinado para su ejecución, es de 1.2 millones de euros.

Beneficios y requisitos del plan CULTIVA

Foto: Pixabay

CULTIVA ofrece la posibilidad de establecer contactos, intercambiar experiencias con profesionales del sector agrario y conocer otros organismos, cooperativas o entidades del área.  Esto gracias a las visitas técnicas complementarias que pueden incluir las entidades en sus planes de formación.

La idea es que cada recinto acoja entre tres y cinco participantes. Al momento de las asignaciones de plazas, se priorizará a los jóvenes recientemente instalados, las mujeres agricultoras y ganaderas y a los que asistan por primera vez a las jornadas. En la lista de requisitos destacan:

  • Tener menos de 41 años.
  • Estar instalados como titulares de una explotación agraria o agroalimentaria en territorio nacional.
  • En el caso de ser mayores de 41 años, haberse instalado por primera vez en la actividad agraria como titular de explotación en fecha igual o posterior al 1 de enero de 2018. Y cuando tenían menos de 41 años.
  • La explotación agraria o agroalimentaria en la que el joven se haya instalado como titular,  deberá cumplir con la definición de PYME conforme al anexo I del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022.

Vale mencionar, que quienes hayan participado en ediciones anteriores, no podrán asistir a las mismas estancias. En cualquier caso, los interesados pueden obtener aquí más datos al respecto.