El uso obligatorio del cuaderno digital en las explotaciones agrícolas, fue prorrogado hasta septiembre de 2025. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación extendió el plazo de entrada en vigor del mencionado cuaderno, según el proyecto de real decreto sobre la Política Agraria Común (PAC), que fue sometido a consulta pública desde ayer jueves 3 de agosto.
Los productores que estén listos para utilizarlo, podrán hacerlo de forma voluntaria. Mientras que a las pymes agrícolas se les aplicará ciertas exenciones. En concreto, quedarán exentas de la obligatoriedad de uso del cuaderno digital en estos casos:
- Si poseen cinco o menos hectáreas, con una superficie de regadío menor o igual a una hectárea (exceptuando los invernaderos).
- Si únicamente cuentan con una extensión de pasto que no amerite la aplicación de fertilizantes en ella.
En ambas situaciones, se permite mantener los registros en papel, según la normativa sectorial vigente. Sin embargo, los titulares de invernaderos con acceso al interior, forzosamente deberán emplear el cuaderno digital. Específicamente, para las aplicaciones de fertilizantes y fitosanitarios, debido al uso elevado de estos productos en esos lugares.
Promoción y aplicación del cuaderno digital
Como medias de promoción y fomento del cuaderno digital, se han establecido ciertas ayudas. Incluso, se ha previsto una deducción de los controles para los candidatos a la PAC que comiencen a emplearlo. De forma libre, se pueden hacer anotaciones desde el 1 de enero de 2024.
Ahora bien, entre las disposiciones sobre su indispensable utilización, según los cambios recogidos en el borrador del real decreto llevado a consulta pública, se destacan:
- 1 de septiembre de 2024. Aplicación del cuaderno de explotación digital de manera paulatina.
- 1 de septiembre de 2024. Utilización de determinados productos fitosanitarios cuyo empleo se realice bajo el resguardo de una autorización excepcional, solo podrá ejecutarse si el agricultor realiza los apuntes en el cuaderno de explotación digital.
- 1 de septiembre de 2025. Uso para todas las explotaciones.
- 1 de septiembre de 2025. Empleo del cuaderno digital por el resto de los productores, excepto los excluidos de su aplicación. Lo mismo aplica para los titulares de explotación con superficies de pastos fertilizados.
Vale recordar que el diseño y creación del cuaderno digital fue una estrategia ideada para facilitar el manejo de la información generada por los agricultores. Así como su transmisión a las administraciones públicas, a través de las vías telemáticas.
Por seguridad jurídica, el nuevo real decreto será aplicable de manera retroactiva desde el 1 de septiembre de 2023. Esto para que las disposiciones del real decreto en vigor no penalicen a los agricultores y ganaderos.
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