Modernización y simplificación serían las dos palabras que definen la reciente medida sobre la denominación de los vinos respecto a sus “indicaciones geográficas”(IG). Se trata de dos reglas nuevas que harán más sencillo el proceso de registro y enmiendas a las bebidas en sus características particulares dentro de la Unión Europea (UE).
Para identificar a un vino considerando la región de producción, se requerían de varios pasos, algunos repetidos, pues se incluían a nivel nacional y de la UE. Es por ello que se alinearon los procesos con otros sectores alimenticios.
Anteriormente, para obtener la IG de un vino de alto nivel la persona que hacía la solicitud debía dar detalles sobre las especificaciones que se atribuían al entorno geográfico, de la geografía en sí y de cómo «interactuaban» el ambiente y el producto. La nueva regulación sólo contempla que se describa el último punto, es decir cómo se vinculan el vino y su geografía de origen (“vínculo causal”).
El registro del vino será más rápido
Aplicar el examen para determinar el IG con la nueva normativa será más simple y rápido. El país miembro será el responsable y la Comisión de la UE sólo evaluará lo que tenga que ver con elementos transfronterizos. Antes tenía que pasar por los mismos trámites frente a los dos entes encargados y-por ende-el papeleo tomaba varios años. Ahora también se estableció un lapso de hasta 6 meses para la aprobación.
Cancelar u objetar algunos de los procesos también será más fácil. La norma indica que deberán tomarse los mismos parámetros que se usan con el resto de los alimentos que se comercializan en la UE.
Sobre las enmiendas o modificaciones de cualquier tipo en los vinos con IG se catalogan de dos formas, las “enmiendas de unión” y las “enmiendas estándar”. En el primer renglón entran los cambios fundamentales, como denominación del producto, categoría, vinculación geográfica u otro aspecto que impida su venta. Aquí actúa la UE. Las estándar las maneja el país miembro y abarca el resto de las alteraciones.
Puntos de interés
Asimismo, la regulación puntualiza normas sobre cambios temporales, ocurridos por desastres naturales, climas adversos o sanciones fitosanitarias. Los lapsos transitorios también están establecidos. Incluso, está permitido tomarse un periodo límite antes de registrar el vino, inclusive tomar las precauciones para proteger el nombre del producto en esa región. Con estos lineamientos los procedimientos serán más ágiles y los productores tendrán más garantías.