Los plazos para introducir el cuaderno digital a los agricultores se han flexibilizado. Así se decidió en un consejo de ministros donde se aprobó un real decreto en el que se amplía hasta el 1 de enero de 2027 el uso obligatorio de la herramienta. El cuaderno se utilizará para registrar el empleo de productos fitosanitarios.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), envió un comunicado para dar detalles de la medida. Según la reseña publicada en el portal web de la agencia de noticias Efeagro, el aplazamiento se realiza en línea con los cambios que introdujo la Comisión Europea.
El comunicado recuerda que Bruselas tiene una regla que permite a los países continuar con el registro fitosanitario en formato de papel hasta 2026. La norma señala que los agricultores tendrán la posibilidad de postergar o no la obligatoriedad del registro electrónico hasta el 1 de enero de 2027. Es decir, a partir del 2 de enero de 2027 se estará obligado a emplear el cuaderno digital.

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Con el decreto, España “da un mayor margen a los agricultores que lo necesiten para prepararse para la transferencia de los registros a soportes electrónicos”, dijo el MAPA. La nota de Efeagro destaca que el ministerio acotó que “la flexibilización beneficia en particular a las pequeñas explotaciones y a los agricultores con una mayor dificultad de acceso a los recursos digitales”.
El ente gubernamental reiteró que ya es posible la transformación digital. Explica que el cuaderno digital de explotación agraria está disponible para todos. Los agricultores pueden tener acceso de manera voluntaria y gratuita y así cumplir con las leyes sobre el registro. La misiva resalta que además disponen “de un instrumento eficaz de gestión” con el que pueden “aprovechar todo el potencial que la digitalización de la información les ofrece en el beneficio de su explotación y de todo el sector”.






