Un nuevo grupo de explotaciones agrícolas dañadas por la dana recibieron ayuda gubernamental. En esta oportunidad, se trata de las superficies que se encuentran muy cerca de causes públicos y podrían pasar a ser de dominio público hidráulico. El Estado adjudicó a las mencionadas parcelas 6.869.832 euros, lo que beneficiará a 725 agricultores titulares.
En su portal web, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) informó que la compensación es de 11.800 euros por hectárea. El monto está fijado según la Orden APA/383/2025, de 22 de abril, que regula el subsidio. La lista de favorecidos se encuentra publicada en la página electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA). El ministerio añadió que la superficie total que se indemnizó es de 676 hectáreas.
Las ayudas a estos afectados por la dana se determinaron tras un trabajo cartográfico. El estudio fue realizado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; y se publicó en la sección de Agua del Geoportal del ente. La cartografía no tiene “perjuicio de la posterior tramitación de los correspondientes expedientes para pasar formalmente, en su caso, a ser dominio público hidráulico”, explicó el MAPA.

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Los titulares de las explotaciones que deseen renunciar a la ayuda tienen plazo hasta el próximo 4 de noviembre. Si así lo hacen podrán “acogerse a las medidas de recuperación del potencial productivo a través de la empresa pública Tragsa”. Estas medidas están previstas en el artículo 25 del Real Decreto-ley 7/2024 publicado el 11 de noviembre. Allí también se establece que podrá recuperarse solo “la porción de parcela que no haya devenido en demanial”. La renuncia debe tramitarse en la sede electrónica del FEGA.
Fueron tres las modalidades de ayuda que se establecieron para atender a los perjudicados por la dana en el sector agrícola. Con esta última modalidad anunciada el Gobierno completa las tres, las cuales están definidas en la orden APA/383/2025. Este documento pauta “una ayuda extraordinaria para compensar la pérdida de renta en las explotaciones agrarias afectadas por daños en sus infraestructuras productivas” por causa de las inundaciones que generó el fenómeno climático. Específicamente, las ocurridas en viveros, parcelas agrícolas y explotaciones adyacentes a cauces.






